El 20 de marzo de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación una nueva Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares. Sustituye a la de 2010. Si su aviso de privacidad se redactó antes, conviene revisarlo.
La autoridad cambió
La ley nueva define como autoridad a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (artículo 2, fracción XV). Es quien vigila, verifica y sanciona. Un aviso que todavía remite a la autoridad anterior ya está desactualizado.
Lo que debe decir el aviso: artículo 15
El artículo 15 enumera el contenido mínimo:
- La identidad y el domicilio del responsable.
- Los datos personales que se van a tratar, identificando los sensibles.
- Las finalidades del tratamiento, distinguiendo las que requieren consentimiento de la persona titular.
- Las opciones y medios para limitar el uso o la divulgación de los datos.
- Los mecanismos, medios y procedimientos para ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (derechos ARCO).
- El procedimiento y medio para comunicar cambios al aviso.
Cómo se entrega: artículo 16
La forma depende de cómo se obtienen los datos:
Cuando los datos personales sean obtenidos personalmente a través de formatos impresos, deberá ser dado a conocer en ese momento, salvo que se hubiera facilitado el aviso con anterioridad
Cuando los datos se obtienen por medios electrónicos, ópticos, sonoros o visuales, la fracción II pide un aviso simplificado con los datos de las fracciones I a IV del artículo 15 y la indicación de dónde consultar el aviso completo. Es el caso de un formulario web, una cámara de videovigilancia o un reloj checador.
Cuánto cuesta un aviso incompleto
El artículo 58, fracción V, considera infracción omitir en el aviso alguno o todos los elementos del artículo 15. El artículo 59, fracción II, la sanciona con multa de 100 a 160,000 Unidades de Medida y Actualización. Para fijar el monto, el artículo 60 toma en cuenta, entre otras cosas, si fue intencional, la capacidad económica del responsable y la reincidencia.
Sus trabajadores también son titulares
Muchas empresas tienen aviso para clientes y se olvidan de su propia plantilla. El expediente de personal, la nómina, las cámaras y el registro de jornada son tratamiento de datos personales. Con la reforma laboral de 2026, el registro electrónico de la jornada será obligatorio a partir de 2027, así que el aviso para trabajadores deja de ser opcional en la práctica.
Revisión rápida
- ¿Su aviso nombra a la autoridad que define la ley de 2025?
- ¿Trae los seis elementos del artículo 15?
- ¿Tiene versión simplificada junto al formulario de su sitio y junto a las cámaras?
- ¿Tiene un aviso distinto para trabajadores, entregado con acuse?
Si alguna respuesta es no, hay trabajo pendiente.
Avisos de privacidad para clientes, sitio y trabajadores
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